martes, 20 de octubre de 2009

Apuntes constitucionales N° 36: ESSALUD-HUÁNUCO: ¡MUERTE ANTICIPADA Y SEGURA!

Por: Héctor Huerto Milla[1]

Después de haberse impuesto en todos los Estados del hemisferio la defensa y el respeto a los derechos fundamentales de la persona humana, todas las corrientes y escuelas filosóficas del Derecho, así como también las nuevas concepciones del Estado mínimo y globalizado dentro de la corriente de una economía de libre mercado, admiten de manera uniforme el valor y la importancia del principio CONSTITUCIONAL de SEGURIDAD como uno de los pilares básicos e imprescindibles de los fines y objetivos del Estado para alcanzar el desarrollo de la persona humana, de la economía, de las reglas del mercado y de toda actividad razonable. De lo contrario, no tendría ningún sentido los preceptos constitucionales de los Arts, 58 al 65 de la Constitución Política.

Para nadie es un secreto sostener que desde los albores de las primeras civilizaciones que se han desarrollado en los cinco continentes del hemisferio, antes y después de la era cristiana, el principio de seguridad ha sido uno de los primeros y el de mayor importancia; tal es así, que en nuestros días se considera al referido principio “como un deber primordial del Estado. Sin la Seguridad no florece la libertad, la Democracia y la Justicia; sin seguridad no es posible el desarrollo de los pueblos. De allí que la Seguridad es el primer deber del Estado[i].

A pesar de que el principio constitucional de seguridad forma parte consustancial de todas las normas constitucionales y, en ciertas normas esta consignado de manera expresa, tal como ocurre con el Art. 10° de la Constitución cuando dispone que el “Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida”; sin embargo en la vida diaria y real del asegurado ocurre todo lo contrario: dado que en los servicios que presta el sistema de ESSALUD no se cumple con dicho mandato. Por el contrario, tales servicios implican alcanzar una muerte anticipada y segura.

En los últimos 19 años, a partir de 1990, los peruanos han perdido por completo el derecho fundamental al principio de seguridad; por cuanto la novedosa forma del “Estado minino”, ha significado la destrucción total de un “Estado Social”. Tal sistema ha significado que varios millones de ciudadanos de los llamados Estados mínimos o empobrecidos, se vean obligados a imigrar a los Estados donde viene eficazmente protegido el principio de seguridad.

Que en efecto, podemos demostrar que en el sistema de ESSALUD Huánuco, no existe un mínimo respeto al principio de seguridad; dado que el día 10 de agosto último ingresa al servicio de emergencia el asegurado don Julio Flores Reyes con el cuadro de ISQUEMIA CEREBRAL DERECHA, ISQUEMIA CEREBERAL PARIETAL IPSOLATERAL Y EDEMA CEREBRAL LEVE, que produce secuelas propias de tales dolencias. Sin embargo, los respectivos médicos no tuvieron en cuenta la gravedad del caso que ameritaba el traslado inmediato al servicio de UVI o, o en su defecto, la inmediata evacuación a Lima. Adicionalmente, en esos instantes y en los 7 días posteriores ESSALUD Huánuco no contaba con un médico Neurólogo y Cardiólogo, por cuanto éstos se encontraban haciendo uso de su descanso vacacional; no contaba con un tomógrafo; adolecía de un médico internista y, la ambulancia no prestaba servicio porque no tenía un chofer disponible para el traslado del paciente a otro centro hospitalario para completar los respectivos exámenes. Es decir, el asegurado se encontraba en un completo estado de inseguridad.

La repentina e inesperada muerte del referido paciente, producida el día 18 de agosto último, nos deja un claro mensaje para todos los asegurados sobre la conducta funcional del sistema de ESSALUD y sus obsoletos instrumentales médicos, sobre la falta de profesionales y, sobre todo, sobre la total incapacidad de la Dirección. Ello se debe a que la población asegurada se encuentra frente a un sistema del siglo XIX, sin ningún tipo de garantía y seguridad para superar sus dolencias. Por tanto, es necesaria una profunda transformación estructural de ESSALUD bajo los distintos modelos utilizados en los diversos Estados Sociales del hemisferio. Sin embargo, a la burocracia dorada e insensible poco o nada les importa la vida de los asegurados y, mucho menos, a quienes administran el Estado peruano mínimo y empobrecido. Solo les importa la ventanilla del banco o del cajero automático para retirar sus jugosas remuneraciones.

De seguir así, ESSALUD- Huánuco, seguirá siendo la antesala de una muerte segura y anticipada.



[1] Abogado, ex. Diputado nacional 85-90/90-92; ex docente Universitario.



[i] Conferencia pronunciada por la señor Ministra OLGA SÁNCHEZ CORDERO, en el Segundo Congreso de Derecho del TEC de Monterrey, Campus Ciudad de México, 10 de Octubre del 2001.