miércoles, 22 de octubre de 2008

LA TEORÍA PURA DEL DERECHO EN EL SIGLO XXI: Apuntes Constitucionales Nº 31



Por: Héctor Huerto Milla (* )

Con el respeto y reconocimiento que nos merece el aporte intelectual del pensador austriaco Hans Kelsen, autor de la Teoría Pura del Derecho y de la Escuela Positiva, que tuvo una gran influencia durante el siglo XX, considero necesario repensar en voz alta y pública sobre el tema vinculado a la referida teoría; por cuanto en la primera página de la obra que corresponde al prefacio, el autor sostiene que el derecho tiene que dejar de ser un pariente pobre de las otras disciplinas científicas. Más adelante, señala al desarrollar la Teoría Pura del Derecho que debe constituir una ciencia que tenga por único fin el derecho e ignorar todo lo que no responde estrictamente a su definición1.

Pues bien, la teoría formulada, desarrollada, sostenida y defendida por ese autor desde 1920 nos invita ha reflexionar sí durante el siglo XXI, en plena aplicación de la globalización de la economía y de la defensa de los Derechos fundamentales, se mantiene la vigencia de los postulados de la Teoría Pura del Derecho. Es decir, si la ciencia del Derecho debe ser ajena y estar separada de todo tipo de relación con las demás ciencias y/o doctrinas ideológicas del pensamiento humano, o en su defecto, debe mantener una relación permanente con las demás ciencias dentro del proceso de formación de los Estados modernos iniciados en siglo XVII hasta nuestros días.

Sin duda alguna, la ampliación de la presente reflexión necesita de un trabajo especializado sobre la materia que la profundice; sin embargo puedo adelantar y asegurar que ni siquiera dicha teoría estuvo al margen de ser influenciada por las diversas disciplinas y tendencias ideológicas contemporáneas a su aparición, por cuanto existía una clara relación y permanente vinculación entre la ciencia del Derecho y las demás disciplinas. De lo contrario, no hubiera sido posible juridizar sus respectivos pensamientos, o propuestas ideológicas, para formar parte de la estructura del Estado, a pesar de que muchas de ellos solo han servido de instrumento a favor de los grandes intereses de los grupos de poder económico o, en todo caso, han sido utilizados para fortalecer el Estado Poder, en desmedro del Estado Constitucional de Derecho.

Dentro de esa misma óptica, considero con todo el respeto que nos merecen los filósofos, que la ciencia del Derecho jamás puede ser considerada como un pariente pobre de las otras disciplinas científicas, así como tampoco se puede negar que la ciencia del derecho tiene cierta vinculación con otras ciencias y otros elementos. Por cuanto, a la luz de la historia, se puede asegurar que durante el siglo XX la Teoría Pura del Derecho y, en particular, la Escuela del Derecho Positivo, ha constituido un instrumento ambivalente y peligroso al servicio de las ideologías, por la sencilla razón que en los diversos Estados del hemisferio, especialmente a partir de 1930, se impuso del “Estado Poder” o comúnmente llamado “Estado de Derecho” con el fin de juridizar los pensamientos y propuestas de la época y, de esa manera, dar paso a un Estado autoritario, pretoriano, absolutista, degenerado y corrupto, tal como lo han demostrado las múltiples dictaduras en diversos Estados del mundo.

Por ultimo, después de iniciado el desarrollo de un Estado Constitucional de Derecho, esto debería obligar a las futuras generaciones del s. XXI revisar la Teoría formulada por el autor mencionado, a efecto de poner en el debate académico los resultados de los últimos 80 años de la vigencia de la Teoría Pura del Derecho, con relación a la defensa de los Derechos fundamentales del ser humano como fin supremo del Estado y de la sociedad, tal como lo preconizan las Constituciones Políticas de los Estados modernos del hemisferio.

(* ) ex Diputado nacional 1985-90/90-92

1 KELSEN HANS: TEORÍA PURA DEL DERECHO, Editorial Eudeba, Buenos Aires 1960, Pág. 1 y 15

martes, 21 de octubre de 2008

REVOLUCIÓN EN DEMOCRACIA: Apuntes Constitucionales: N° 30



Por: Héctor Huerto Milla (* )

La designación Dr. Yehude Simon Munarus en el cargo de Presidente del Consejo de Ministros, constituye un hecho histórico sin precedente en los últimos 80 años; por cuanto, sin afectar en lo absoluto las reglas del libre mercado y las utilidades obtenidas por la clase social “A”, se podría producir una “revolución en democracia”; siempre y cuando logre “Institucionalizar el Estado, sentar las bases para combatir la corrupción y restablecer la fe en la Democracia”, en beneficio de las clases B, C, D, y E; es decir, del pueblo.

Se trata de un hecho histórico, por motivos de que ambos líderes tuvieron un origen, formación y praxis de pensamientos ideológicos contrapuestos; pero resulta que con el correr de los años la formación ortodoxa de cada uno de ellos han sido transformadas por los efectos de la corriente del libre mercado, al extremo de que dos enemigos políticos-partidarios del pasado se han puesto de acuerdo para co-gobernar los destinos del Estado peruano. Solo nos queda augúrales todo género de éxitos por el bien del soberano.

Considero que la experiencia, prestigio y formación política del Dr. Yehude Simon Munarus podría servir para revertir el rechazo del 80% del pueblo peruano del actual gobierno y, sobre todo, para reconstruir el Estado peruano. De lo contrario, ambos líderes podrían terminar envueltos en el torbellino de la corrupción.

Sin pretender ser un analista político, tenemos la plena seguridad de que el Dr. Yehude Simon Munarus podría llegar ha recomponer la estructura del Estado y, sobre esa base, convertirse en un líder con un perfil de estadista, siempre y cuando proponga al Congreso iniciativas de modificación de algunas normas Constitucionales que permitan sustituir determinados organismos constituidos, que por el tiempo transcurrido y/o por su origen ahora son obsoletos, y permiten actos de corrupción en cascada. Por tales motivos deben ser remplazados o mejorados por otros más modernos, actuales y dinámicos.

Dentro del proceso de Institucionalización, el nuevo Premier ha comenzado con una gran apertura al dialogo con todos los sectores y agentes económicos, los mismos que servirán para obtener un claro diagnostico sobre la realidad del pueblo peruano que ha sido afectado por la política del libre mercado. Con la esperanza que dichos diálogos no sean en realidad “actos mediáticos” que sólo han servido para burlarse de las expectativas del pueblo, en desmedro de los fines y objetivos del Estado y en desprestigio del sistema democrático.

De tal manera, deseo que el Dr. Alan García culmine con éxitos un segundo periodo de Gobierno por respeto a la última generación de lideres del s. XX. Por otro lado, espero que el Dr. Yehude Simon Munarus, demuestre un perfil de estadista, que lo requiere el pueblo peruano a efecto de lograr una Revolución en Democracia dentro del marco de un Estado constitucional de Derecho, que permitirá a las generaciones del s. XXI combatir la corrupción y desterrar por completo al Estado Poder, autoritario, pretoriano, absolutista, degenerado y corrupto que ha impuesto sus reglas desde hace 187 años de vida republicana.

De nuestra parte, haremos llegar las propuestas necesarias al Despacho del nuevo Premier para contribuir al éxito de su gestión, tal como lo hicimos con algunos ex -Ministros del gabinete Castillo Gálvez; siempre y cuando ponga a disposición del pueblo un “correo electrónico o ventana virtual directa al Despacho Ministerial”, a efecto de que los modestos aportes no queden en manos y en el dominio de una burocracia incapaz y corrupta.

Por tanto, considero que el pueblo peruano ha comenzado ha transitar por los caminos de la “Revolución en Democracia”. De lo contrario, de nada habría servido al flamante Premier dejar un espacio y un prestigio regional en el sólido norte, para terminar envuelto en el proceloso mar de la corrupción y en un posible linchamiento moral de la opinión pública.

(* ) Ex Diputado nacional 1995-1990/ 1990-92