viernes, 4 de diciembre de 2009

Apuntes Constitucionales: N° 37: TRAMO CARROZABLE HUANUCO -DOS DE MAYO

Por: Héctor Huerto Milla, ex Diputado por Huánuco (85-92)

Con fecha reciente, hemos podido verificar el buen estado del tramo de la carretera que une Huánuco-Tingo Chico, Distrito de Chuquis, de 100 Km de longitud, por haberse convertido de un “tramo carrozable” a una “carretera semi asfaltada”; cuya obra, sin la menor duda, restituye los derechos fundamentales de las personas que viven en las provincia de Dos de Mayo, Huamalíes, Yarowilca; habiéndose cumplido de alguna manera, con el mandato constitucional del Art. 44: Son deberes del Estado, entre otros, promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la nación.

Efectivamente, es un acto de justicia que el Estado peruano, a través del Gobierno Regional de Huánuco, haya comenzado y culminado con los trabajos de “semi asfaltado” de la carretera Huánuco- Dos de Mayo-Huamalíes; por cuanto, las decenas de miles de personas que habitan dichas provincias han estado en un completo abandono desde 1920 cuando se comenzó con dicha construcción a partir de la ex hacienda Canchan-Kichki.

En efecto, durante la década de los años 20, en el Gobierno de don Augusto B. Leguía se crearon trabajos denominados “La vial”, a través de los cuales el Estado ejecutaba obras de carreteras e irrigaciones con la mano de obra de los pobladores del lugar y de quienes pretendían ingresar a la ciudad de Huánuco, por un periodo no menor de ocho días, sin pago alguno, sin comida y bajo la vigilancia de los gendarmes de esa época (hoy PNP). Es decir, se trataba de la ejecución de una obra con una total explotación inhumana por parte del Estado; sumándose a todo ello, los vejámenes, violaciones, detenciones arbitrarias en contra de las personas que no prestaban sus servicios por diversos motivos.

A partir del gobierno de Manuel Prado, en 1939, se retoma la ejecución de la obra con presupuesto del Estado hasta su culminación como tramo carrozable durante el Gobierno de Odría 48-56. Es decir, los ciudadanos de las Provincias altas de Huánuco han estado en un completo abandono por más de 80 años; habiendo fallecido las diversas generaciones de esa época sin poder ver la obra que hoy se abre paso; aún cuando se trata de un “semi asfaltado”, cuya duración no será más de cinco años. Sin embargo, servirá como un antecedente válido para demandar al Estado peruano un presupuesto de 120 millones de dólares para la construcción de un nuevo trazo, el ensanche, obras de arte y un verdadero asfaltado que tenga una duración entre 15 a 20 años. De lo contrario, la obra será flor de un día. Nada más

Lamento mucho que una obra tan importante como ésta, que podría permitir al Estado reivindicar más de ocho décadas de olvido de las provincias de Dos de Mayo, Huamalies y otras, no haya asignado el presupuesto necesario para dar inicio al ensanche y asfaltado de los 120 Km., cuyos estudios técnicos fueron culminados durante la gestión de los ex Diputados por Huánuco entre el 85-90, contando con la decidida colaboración del ex Presidente de la Micro Región de Dos de Mayo, Ing. Constantino Álvarez Mejía (+). No obstante, han pasado más de 19 años y los planos y demás estudios acumulados en más de veinte cajones, de nada han servido y, al contrario, están arrojados en los anaqueles del olvido.

Es verdad, los proyectos de las grandes obras que permiten restituir la dignidad y el pleno reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas, con el beneficio y el disfrute de óptimos servicios públicos, perecen con la culminación de obras provisionales, como es el caso del “semi asfaltado”; por cuanto, el sistema y material empleado podrían ser válidos para pequeños tramos, donde transitan personas y vehículos menores, más no para decenas de kilómetros que son usualmente recorridos por unidades de transporte pesado. Peor aún, cuando se trata de una zona con abundante precipitación fluvial; motivo, por el cual seguimos pensado, que mejor hubiera sido dar inicio a los trabajos de “retraso, ensanche y asfaltado” de la vía Huánuco-Dos de mayo, antes de ejecutar una obra que solo servirá como parte de un discurso retórico de la campaña electoral.

De todas formas, sea cual fuera el periodo de vida de los trabajos del “semi asfaltado” o, mejor dicho, del “sacha asfaltado”, nos corresponde expresar nuestras felicitaciones al Presidente del Gobierno Regional de Huánuco, Dr. Espinoza Eguavil, por la ejecución de la referida obra, la misma que en el futuro servirá como instrumento de lucha de los pueblos de Dos de Mayo y Huamalíes, para arrancar al Estado peruano el presupuesto real y suficiente para la ejecución de una gran obra en forma definitiva.

martes, 20 de octubre de 2009

Apuntes constitucionales N° 36: ESSALUD-HUÁNUCO: ¡MUERTE ANTICIPADA Y SEGURA!

Por: Héctor Huerto Milla[1]

Después de haberse impuesto en todos los Estados del hemisferio la defensa y el respeto a los derechos fundamentales de la persona humana, todas las corrientes y escuelas filosóficas del Derecho, así como también las nuevas concepciones del Estado mínimo y globalizado dentro de la corriente de una economía de libre mercado, admiten de manera uniforme el valor y la importancia del principio CONSTITUCIONAL de SEGURIDAD como uno de los pilares básicos e imprescindibles de los fines y objetivos del Estado para alcanzar el desarrollo de la persona humana, de la economía, de las reglas del mercado y de toda actividad razonable. De lo contrario, no tendría ningún sentido los preceptos constitucionales de los Arts, 58 al 65 de la Constitución Política.

Para nadie es un secreto sostener que desde los albores de las primeras civilizaciones que se han desarrollado en los cinco continentes del hemisferio, antes y después de la era cristiana, el principio de seguridad ha sido uno de los primeros y el de mayor importancia; tal es así, que en nuestros días se considera al referido principio “como un deber primordial del Estado. Sin la Seguridad no florece la libertad, la Democracia y la Justicia; sin seguridad no es posible el desarrollo de los pueblos. De allí que la Seguridad es el primer deber del Estado[i].

A pesar de que el principio constitucional de seguridad forma parte consustancial de todas las normas constitucionales y, en ciertas normas esta consignado de manera expresa, tal como ocurre con el Art. 10° de la Constitución cuando dispone que el “Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida”; sin embargo en la vida diaria y real del asegurado ocurre todo lo contrario: dado que en los servicios que presta el sistema de ESSALUD no se cumple con dicho mandato. Por el contrario, tales servicios implican alcanzar una muerte anticipada y segura.

En los últimos 19 años, a partir de 1990, los peruanos han perdido por completo el derecho fundamental al principio de seguridad; por cuanto la novedosa forma del “Estado minino”, ha significado la destrucción total de un “Estado Social”. Tal sistema ha significado que varios millones de ciudadanos de los llamados Estados mínimos o empobrecidos, se vean obligados a imigrar a los Estados donde viene eficazmente protegido el principio de seguridad.

Que en efecto, podemos demostrar que en el sistema de ESSALUD Huánuco, no existe un mínimo respeto al principio de seguridad; dado que el día 10 de agosto último ingresa al servicio de emergencia el asegurado don Julio Flores Reyes con el cuadro de ISQUEMIA CEREBRAL DERECHA, ISQUEMIA CEREBERAL PARIETAL IPSOLATERAL Y EDEMA CEREBRAL LEVE, que produce secuelas propias de tales dolencias. Sin embargo, los respectivos médicos no tuvieron en cuenta la gravedad del caso que ameritaba el traslado inmediato al servicio de UVI o, o en su defecto, la inmediata evacuación a Lima. Adicionalmente, en esos instantes y en los 7 días posteriores ESSALUD Huánuco no contaba con un médico Neurólogo y Cardiólogo, por cuanto éstos se encontraban haciendo uso de su descanso vacacional; no contaba con un tomógrafo; adolecía de un médico internista y, la ambulancia no prestaba servicio porque no tenía un chofer disponible para el traslado del paciente a otro centro hospitalario para completar los respectivos exámenes. Es decir, el asegurado se encontraba en un completo estado de inseguridad.

La repentina e inesperada muerte del referido paciente, producida el día 18 de agosto último, nos deja un claro mensaje para todos los asegurados sobre la conducta funcional del sistema de ESSALUD y sus obsoletos instrumentales médicos, sobre la falta de profesionales y, sobre todo, sobre la total incapacidad de la Dirección. Ello se debe a que la población asegurada se encuentra frente a un sistema del siglo XIX, sin ningún tipo de garantía y seguridad para superar sus dolencias. Por tanto, es necesaria una profunda transformación estructural de ESSALUD bajo los distintos modelos utilizados en los diversos Estados Sociales del hemisferio. Sin embargo, a la burocracia dorada e insensible poco o nada les importa la vida de los asegurados y, mucho menos, a quienes administran el Estado peruano mínimo y empobrecido. Solo les importa la ventanilla del banco o del cajero automático para retirar sus jugosas remuneraciones.

De seguir así, ESSALUD- Huánuco, seguirá siendo la antesala de una muerte segura y anticipada.



[1] Abogado, ex. Diputado nacional 85-90/90-92; ex docente Universitario.



[i] Conferencia pronunciada por la señor Ministra OLGA SÁNCHEZ CORDERO, en el Segundo Congreso de Derecho del TEC de Monterrey, Campus Ciudad de México, 10 de Octubre del 2001.

jueves, 5 de marzo de 2009

APUNTES CONSTITUCIONALES Nº 35: COMENZÓ EL DEBATE SOBRE LA CREACIÓN DE LAS REGIONES



Por : Héctor Huerto Milla1


El 15 de febrero último se llevó a cabo, en la ciudad de Pucallpa- Ucayali, el Primer forum sobre el proceso de regionalización organizado por el Partido Aprista. En él he comprobado que los representantes de las diversas Organizaciones sociales aún no comprenden el gran significado e importancia que reviste la unión de territorios provinciales para formar una región. La aspiración de los lugareños es luchar por una región autónoma, a pesar de que ésta no es posible de acuerdo a la Constitución del Estado.

En su momento, el Alcalde Provincial de HUARI-Ancash sostuvo la importancia de integrar las regiones de Ancash, Huánuco y Ucayali a efecto de conformar una gran Región Centro Oriental y, de esa manera, ser beneficiarios de las diversas normas legales que ofrece el Gobierno central; pero, más allá de esa gran aspiración, con integración o sin ella, aseguró que las provincias que conforman la región de Ancash, en particular Huari, seguirán aportando con los recursos necesarios para la construcción de la gran “vía interoceánica”, con el objeto de tener un acceso más directo al puerto fluvial del Ucayali y, al mismo tiempo, ofrecer a las provincias de Ucayali y Loreto un nuevo puerto en las costas del Pacifico, a fin de acerca el comercio peruano a algunas regiones del Brasil

También sostuvo que, en el debate sobre la formación de las Regiones no deberían participar los Presidentes Regionales; siendo los gobiernos municipales Provinciales y Distritales los que deberían llevarlo a cabo. Por la sencilla razón que son los electores de cada territorio distrital, los que van a expresar su voluntad en el acto de la consulta popular.

De mi parte, propuse la urgente necesidad de efectuar una gran cruzada de información, al grueso de la población, sobre el proceso de regionalización, a efecto de acreditar los beneficios que otorga la unión política de territorios frente al Poder Político central, tal como lo han demostrado a lo largo de la Historia los distintos ejemplos que tenemos en la actualidad, como son: los Estados Continentes -como la Unión Europea-, los Estados Regionalizados -como Italia a partir de 1946, la Republica Popular China desde 1949 y 2005, y España a partir de 1978-. De tal manera, sí el pueblo peruano, no comprende que la unión de territorios es mucho más importante que los mendrugos que ofrece el Poder Central, siempre el pueblo será la despensa del “Poder Político central, absolutista, tirano, obsoleto y corrupto”. Como lo es ahora, cuando el gobierno funge de nuevo “remensurero de las tierras y de los recurso naturales”, en agravio de los de los pueblos del Estado

Por consiguiente, la conformación de regiones importa en los siguientes aspectos: i) arrancar al Poder Político Central una cuota del Poder Político Regional; ii) el debate debe estar a cargo de las Organizaciones sociales y partidarias de cada territorio provincial; iii) en las propuestas sobre la unidad de territorios deben primar los fundamentos del bien común, antes que los intereses particulares de algunos sectores políticos y sociales; iv) en el debate no deben participar los miembros de los Poderes del Estado, a fin de no afectar el resultado de la consulta soberana; v) las regiones deben tener un origen real a través de la expresión de la voluntad soberana del pueblo, ya que las regiones de origen formal son efímeras, desaparecen con el tiempo; vi) el debate no deben concentrarse en los aspectos formales (sede, volumen electoral, elección Presidencial, etc.), que más bien corresponden a una segunda etapa; vii) la creación de las regiones significa culminar con la redacción del Estatuto Constitucional Regional, como un acto de legitima “revolución en Democracia” que permitirá enfrentar la voracidad insaciable del Poder Político central y corrupto.

Soslayar o dejar de lado el debate político, doctrinario y del Derecho comparado, para dar paso a un debate únicamente “rentista”, como es ofertado por el Poder Político central a través de una decena de disposiciones legales, significaría convertirnos en aliados silenciosos, ocultos y peligrosos de los grandes grupos económicos, que han iniciado un proceso de depredación irracional en agravio de los recursos y derechos de los pueblos, con la membresía de lograr un desarrollo sostenible.

Espero que la clase política regional, conformada por las diversas agrupaciones partidarias y sociales, en particular, por las nuevas generaciones de políticos, puedan continuar con el gran debate. De lo contrario, en el caso particular de Huánuco, se perderá la oportunidad de formar parte de una gran Región, e incluso, podría terminar con el territorio desmembrado. Por el oriente podrían integrarse a otro territorio las provincias de Puerto Inca, Leoncio Prado y Pachietea y, por el lado Nor-Este, las otras seis provincias: Lauricocha, Yarowilca, Huamalies, Dos de Mayo, Huacaybamba y Marañón. Ambo y Huanuco, tendrían que seguir el curso de las otras provincias.



1ABOGADO, ex. Diputado nacional 85-90/ 90-92. ex docente Universitario.

martes, 3 de febrero de 2009

APUNTES CONSTITUCIONALES N° 34 :NO MAS ASESINATOS DE ALCALDES 


Por: Héctor Huerto Milla1

     En los últimos cinco años, en la Región Huánuco se han producido los asesinatos de  los Alcaldes de los Distritos de Puños, Margos, Amarilis y del Alcalde Provincial de Huamalies (Llata ); cuyos hechos de sangre supuestamente fueron esclarecidos en el Poder judicial. Sin emgargo, una sentencia no siempre arroja  una verdad real y objetiva sobre los delitos que se investigan. Sobre todo si los supuestos responsables de las muertes son declarados inocentes por falta de medios probatorios.

     Los hechos de sangre en agravio de los Alcaldes, sin la menor duda, se producen como consecuencia de los actos de “corrupción” generados por el Alcalde asesinado o, en su defecto, son efectuados por la codicia, envidia o aspiración de algunos agentes internos o externos, que tienen la aspiración voraz de manejar el presupuesto de los gobiernos locales,  en beneficio  de  algunas personas o del entono delictivo.

      La corrupción en todo el hemisferio representa una “plaga”, la cual es respaldada por los “grupos de poder” o las “liguillas”, tal como sostiene Norberto Bobbio2. Pero los actos  que enlodan a los Poderes del Estado no sólo son patrimonio de los países en vías de desarrollo, sino también se dan en los Estados Europeos, Norteamericanos, etc.

     Como sabemos, de acuerdo al sistema electoral vigente, el Alcalde y los Regidores Provinciales y Distritales (2,020 a nivel  nacional), son elegidos por sufragio universal, previa aplicación del sistema  electoral mixto (por Lista  inscrita y la cifra repartidora). De tal forma, la proclamación de los regidores es producto del fenómeno electoral denominado “arrastre”, que significa que el Alcalde ganador se convierte en el gobernante municipal conjuntamente con  la  mayoría de su de Regidores. El elector no tiene la posibilidad escoger a los regidores. Este defecto o vicio del sistema electoral peruano debería ser enmendado para desarrollar y fortalecer la Democracia y, sobre todo, para evitar más asesinatos de Alcaldes.

     Dentro de un nuevo sistema electoral municipal, se debería elegir  únicamente al Alcalde Provincial o Distrital. Los Regidores  deberían ser “designados”por las Juntas vecinales, por un periodo de un año y con la posibilidad de la redesignación por un año adicional.

     En el caso de Huánuco, cada una de las Juntas vecinales de  los barrios tradicionales, los Asentamientos Humanos y las Comunidades Campesinas, si fuera el caso, deberían  designar a un Regidor, a efecto que  el Consejo de Regidores esté conformado por  notables, honorados, honorables, respetados  e ilustres miembros de las Juntas vecinales (Barrios, AA.HH  y CC.CC)  conformantes del Distrito electoral.

     Con este nuevo sistema  electoral se estaría construyendo y desarrollando una legítima y verdadera Democracia inclusiva y participativa. Por cuanto, el Consejo Municipal estaría integrado por el Alcalde elegido y  los Regidores  designados  por las Juntas vecinales por un periodo no mayor de dos años; quedando eliminado el sistema electoral mixto, el fenómeno de la elección por  “arrastre” y, sobre todo, en gran medida,  los actos de corrupción que acompañan al sistema  electoral actual.

     Después de todo lo dicho y de la propuesta formulada, queda en manos del Congreso evitar otras muertes de Alcaldes y desarrollar la Democracia representativa, inclusiva y participativa. Sobre todo, para demostrar la voluntad de lucha frontal contra el “flagelo, plaga o  liguillas” de la corrupción. 
 
 

1ABOGADO, ex. Diputado nacional 85-90/ 90-92. ex docente Universitario.

2BOBBIO NORBERTO, Futuro e la Democracia, Pág. 58, Fondo de Cultura Económica, México, 2000, Cuarta reimpresión.

jueves, 20 de noviembre de 2008

BORRADOR LEGITIMO PARA COMBATIR LA CORRUPCIÓN: Apuntes Constitucionales N° 33


Por: Héctor Huerto Milla (* )

En un articulo anterior, titulado la “Revolución en democracia”, sostuve que era posible que el nuevo Presidente del Consejo de Ministros logre “Institucionalizar el Estado, sentar las bases para combatir la corrupción y restablecer la fe en la Democracia”, siempre y cuando sea receptivo con las iniciativas que pudiera formular el pueblo a efecto de que los aportes no queden en el dominio de una burocracia incapaz y corrupta. Reitero que pueda ser algún momento.

Frente a los diversos actos dolosos que se producen en la administración pública, el pueblo y los gobernantes deben comprender que la lucha contra la corrupción pasa necesariamente por la modificación de algunos preceptos de la Constitución del Estado; por cuanto la corrupción tiene su origen en el Poder del Estado por ser consustancial a su existencia1 y, como tal, se tiene que combatir desde sus propias raíces y orígenes. De lo contrario no será posible “Institucionalizar el Estado”.

Dentro del marco señalado, deberían comenzar con la modificación del Art. 122 de la Constitución del Estado, a efecto de que la elección del Presidente del Consejo de Ministros sea efectuado por votación secreta de los Congresistas, tal como ocurre en otros Estados del hemisferio y, de esa manera, se habría despojado al Presidente de la Republica de toda responsabilidad que pudieran producir los Ministros; se habría cambiado el sistema “presidencialista de gobierno” y se consolidaría al Primer Poder del Estado que reposa en el Congreso. Es decir, se “recupera la fe en la Democracia” representativa y participativa.

La propuesta permite extirpar de raíz, de cuajo, la mala experiencia y pésima costumbre constitucional de que el Presidente de la República tenga las facultades, entre otras, de designar al Presidente del Consejo de Ministros; cuya formalidad constitucional vigente desde 1980 hasta la fecha, constituye el cáncer de la corrupción. Esto se ha venido demostrando desde la compra de los Barcos Pachitea y Mantaro por el ex Ministro Chávez Belaunde, la corrupción del primer gobierno de García, los actos dolosos generados entre 1990 al 2001 hasta llegar a los recientes “petroaudios”. Tan sólo por mantener un sistema “presidencialista de gobierno” que fue repotenciado por la Constitución utilitaria de Fujimori.

Con el sistema de elección propuesto, para nombrar al Presidente del Consejo de Ministros, el ciudadano que salga elegido en el cargo, con los votos de los 2/3 de los Congresistas representantes de los partidos políticos (no por las bancadas tránsfugas), tendría la autoridad legitima y suficiente para conformar el gabinete ministerial en forma personal y directa, sin intervención presidencial y solo en coordinación con los partidos políticos, lo que evitaría tener Ministros corruptos, que fueron antiguos alumnos del Presidente, o ex-secretarios, compadres, ahijados, amigos empresarios, tal como viene ocurriendo hasta la fecha; cuya modalidad constituye el núcleo duro de la corrupción.

Como es natural, la propuesta requiere de un trabajo especializado; sin embargo en el mundo existen excelentes experiencias sobre el particular. Solo se requiere de una dosis de coraje para formular la iniciativa a nivel del Congreso. Abrigo la esperanza de que el Dr. Simon Munaru ponga el cascabel al gato para espantar a las “ratas”, formular la propuesta respectiva, lograr su aprobación y, luego, solicitar su ratificación en el cargo de Presidente del Consejo de Ministros por elección secreta de los 120 Congresistas.

De lo contrario, seria preferible que renuncie al cargo antes de terminar envuelto en el torbellino de la inmoralidad; por cuanto, no existen muchas alternativas que permitan “sentar la bases para combatir la corrupción”.

(* ) ex Diputado nacional 1985-90/1990-92

1LOWENSTEIN Karl : “Teoría de la Constitución”, Ediciones Ariel, Barcelona. España.

martes, 18 de noviembre de 2008

Nota de Prensa del Comité de Defensa de la Libertad de Huánuco, sobre los despidos de Alvarez Rodrich y Puertas

COMITÉ DE DEFENSA DE LA LIBERTAD DE PRENSA DE HUANUCO

Los que suscriben, ex Diputados de la Nación, expresan su preocupación y enérgica protesta por la forma arbitraria como se ha manejado la CANCELACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO de los Directores de “PERÚ 21” y de “CUARTO PODER”, programa emitido por el canal AMÉRICA TELEVISIÓN, ambos medios controlados por el grupo editorial de EL COMERCIO:

Sr. AUGUSTO ALVAREZ RODRICH.

Srta. LAURA PUERTAS

Las cancelaciones de los contratos laborales se habrían producido por la publicación de reportajes relativos a los actos de corrupción vinculados a CUATRO LOTES DE EXPLOTACIÓN PETROLERA en el litoral peruano, los cuales fueron negociados por altos funcionarios del actual gobierno.

Esta actitud prepotente e inaceptable, realizada en agravio de los comunicadores sociales, atenta contra los derechos fundamentales de la LIBERTAD de PRENSA y la LIBRE EXPRESIÓN DEL PUEBLO PERUANO. Por cuanto, impiden que el público usuario tengan acceso a los medios de comunicación de su preferente y libre elección.

De esta forma, advertimos que los actos de prepotencia y exceso, por parte de un poder económico, al parecer, directamente relacionado con el gobierno, constituyen una atentado contra el “Estado Constitucional de Derecho” que se encuentra respaldado por los Arts. 3°, 43° y 44° de la Constitución, y abre las puertas a un Estado: absolutista, pretoriano y corrupto.

Huánuco, 18 de Noviembre del 2008.


HECTOR HUERTO MILLA  Ex Diputado 1985-90/1990-92

LUCILA SHINSHATO DE SIMAMUKURO   Ex Diputado 1990-92

EDMUNDO PANAY LAZO    Ex Diputado 1985-1990

lunes, 3 de noviembre de 2008

LA CONSTITUCIÓN A TRAVÉS DE LA BIBLIA : Apuntes Constitucionales N° 32

Por: Héctor Huerto Milla (* )

El ultimo Domingo 26 de los corrientes, con motivo de haber asistido al acto religioso celebrado en la Cátedral de la ciudad de Pucallpa - Ucayali, he quedado convencido que a través de los preceptos bíblicos es posible aprender, enseñar y defender los Derechos Fundamentales de la Constitución del Estado, sin necesidad de crear conflictos entre los fines divinos de la Iglesia con los objetivos terrenales del Estado dentro de cualquier forma de administración de un gobierno.

En efecto, en la lectura del libro Éxodo: 22: 20 – 26, se nos dice: “Si prestas dinero a uno de mi pueblo , al pobre que habita contigo, no serás con él un usurero; no le exigereis interés. A pesar de ello, la usura tuvo formal vigencia hasta el año 1311 cuando el papa Clemente V la prohibió totalmente y declaró nula toda legislación sobre el particular. Asimismo, durante la homilía, el sacerdote de la Iglesia, dio lectura al Libro de Mateo: 22: 34-40, que nos dice: “Amaras al Señor, tu Dios, con todo tu corazón y amaras a tu prójimo como a ti mismo”

Si todo esto es verdad, desde el punto de vista religioso, divino y metafísico, también podemos asegurar, desde el punto de vista constitucional, real y terrenal, que el Art. 1 y 2 de la Constitución dispone que la “persona humana es el fin supremo del Estado y de la sociedad y, además, tienen derecho a la vida, a la propiedad, a la libertad, entre otros 24 derechos y ocho libertades mas. En un leguaje simple y comprensible, significa el respeto irrestricto que debe existir de parte del Estado frente a los derechos fundamentales que son inherentes en la persona humana; es decir, el respeto a todos los derechos que nacen, conviven y mueren con el ser humano.

Por consiguiente, son denominados Derechos fundamentales porque tiene su origen en los derechos naturales; por cuanto, no son otorgados, dados, obsequiados o legislados por ningún nivel de autoridad publica o privada, sino son consustanciales a la naturaleza humana o, en su defecto, son derechos divinos o concebidos por el supremo hacedor.

De tal manera, sí los mandamientos de la Iglesia católica obliga el respeto y el amor a Dios y a la persona humana, entonces dentro de ese mismo nivel o categoría, debemos aprender, enseñar y defender de que los mandatos constitucionales obligan al Estado, como Organización Jurídica, mantener la paz y la justicia de toda una nación, respetando y haciendo respetar los Derechos fundamentales, entre otros, frente a la usura, estafa, engaño de los financistas y culebrones que existen en el sistema del mercadeo moderno; quienes con fecha reciente han estafado a toda la humanidad y, en particular, a los trabajadores aportantes de los sistemas Privados de Pensiones, las AFP.

Sin embargo, ante la crisis producida por el sistema financiero mundial, los defensores de los usureros, estafadores y culebrones no admiten la decisión tomada por el Gobierno de Argentina que propone “estatizar” los Fondos Privados de Pensiones” con el objeto de salvar las aportaciones de nueve millones de trabajadores; tampoco dicen nada, cuando el Presidente Bush ha comprado a nombre de Estados Unidos, más del 28% de toda la deuda producida por la crisis financiera. Es decir, ha estatizado el sistema financiero hasta el porcentaje señalado.

De tal manera, al haberse producido los hechos señalados en agravio del soberano, el Premier Simon Munarus, dentro del plan de “Institucionalización del Estado”, debería presentar un Proyecto de Ley ante el Congreso sobre la “Estatización de los Fondos Privados de Pensiones”, a efecto de salvar los ahorros de más de tres millones de trabajadores peruanos y, de esa forma, cumplir con los mandamientos de la Iglesia frente a la actitud de los usureros y, desde el aspecto constitucional, asumir la defensa del sagrado derecho de la propiedad y de la vida de los fututos pensionistas de las AFP.

Por todo lo dicho, me atrevo asegurar que es posible aprender y predicar el evangelio a través de la Biblia y, al mismo tiempo, aprender, enseñar y defender los Derechos fundamentales de la persona humana consagrados en la Constitución del Estado. De lo contrario, podemos terminar deglutidos por los estómagos hambrientos de los usureros, culebrones, mafiosos y estafadores del sistema del mercadeo postmoderno e inhumano.

(*) Abogado, Ex Diputado 1985-90/1990-92